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viernes, 4 de marzo de 2011

FUMADORES NO TENDRÁN ESPACIOS EXCLUSIVOS.

Tomado de: Ultimas Noticias/04-03-20011

La misma Resolución de Ambientes Libres de Humo de Tabaco (de siete artículos) que se publicó en la Gaceta Oficial 39.623 del jueves 24 de febrero y anulada en la del viernes 25 de febrero, número 39.624, salió publicada ayer, en la Gaceta Oficial 39.627, correspondiente al miércoles 2 de marzo.

Ahora la resolución es la número 030, y fue presentada con más "considerando" como sustentos para dictar la medida, que entrará en vigencia a los 90 días continuos a partir de su publicación (a finales de mayo o primeros días de junio).

La ministra de Salud, Eugenia Sader, ofreció una rueda de prensa ayer en la tarde para ofrecer detalles sobre la resolución, asegurando que Venezuela es el segundo país de Latinoamérica en aprobar una medida que garantice ambientes 100% libres de humo de tabaco, después de Honduras.

Uno de los aspectos más resaltantes es que no se podrán crear ambientes exclusivos para fumadores en locales o espacios cerrados.

"No va a haber lugares exclusivos para fumadores. En lugares abiertos sí se podría fumar, pero en lugares públicos, cerrados, no. En todos los expendios de comidas, bebidas, locales cerrados y lugares de trabajo estará prohibido el consumo de cigarrillos para proteger a los no fumadores", expresó la ministra.

También precisó que los sitios de trabajo y negocios en los que no se pueda fumar, tienen 90 días para ajustarse al artículo 4 de la resolución, el cual establece la colocación de un aviso que diga "Este es un Ambiente 100% Libre de Humo de Tabaco por Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud", el cual debe medir mínimo 80 cm de ancho por 50 cm de largo.

Ratificación

La ministra Sader aclaró que la resolución fue anulada para someterla a consulta pública, pero ante "la abrumadora respuesta que tuvimos en las primeras 24 horas", en las que recibieron respuestas a nivel nacional, internacional, llamadas de teléfono, personas que se comunicaron a través de la web del ministerio, "teníamos ya la consulta suficiente" para que fuese considerada como aprobada por consulta pública, indicó. Por ello se publicó de nuevo.

Sader pidió "al pueblo venezolano, a los empresarios, a todas las instituciones públicas colaborar y acoger esta medida saludable".

Recordó que la medida forma parte de las metas y compromisos del milenio, con fecha tope de cumplimiento para el año 2015, a las que Venezuela se adelantó.

Sanciones
La resolución 030 del Ministerio de Salud establece en el artículo 3 lo siguiente: "Queda prohibido fumar o mantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos y en los lugares de trabajo, cualquiera sea su uso incluyendo el transporte", y en el artículo 2 definen a las "áreas interiores" como todo espacio cerrado, techado o no, independientemente del material utilizado y de que la estructura sea permanente o temporal. Cuando se refieren a lugar de trabajo precisan que se incluyen lugares conexos como ascensores, escaleras, vestíbulos, cafeterías, baños, salones, comedores y edificaciones anexas.

Los propietarios, empleadores y administradores de las áreas interiores o cerradas de los lugares de trabajo o públicos "tienen la obligación de velar por el cumplimiento de la resolución", sentencia el artículo 5.

En caso de que esto no se acate, Sader informó que las personas podrán hacer la denuncia en el Ministerio de Salud. "El equipo de Contraloría Sanitaria estará pendiente de las denuncias y hará seguimiento estricto. Pido al pueblo que sea corresponsable de su salud y exija que se cumpla la prohibición de fumar en ambientes donde lo puedan contaminar a usted".

Las sanciones están contempladas en la Ley Orgánica de Salud vigente, en sus artículos 65, 66 y 67. Primero se haría una advertencia, luego se impondría una sanción tributaria y de ser necesario reincidente se suspendería el permiso de expendio o cerraría el lugar, informó Sader.

Las multas irían desde 12 unidades tributarias (U.T), que serían 912 bolívares, hasta 2.500 U.T (190 mil bolívares).

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